El Supremo de Canadá da paso a la muerte digna

Por Fernando Pedrós


El 5 de junio la Asamblea Nacional (parlamento) de Quebec (Canadá) rompía el tabú de la prohibición de la eutanasia con la aprobación de la ley de la ayuda médica al final de la vida. El principio fundamental de esta ley es “asegurar cuidados a las personas al final de la vida, respetando su dignidad y su autonomía”. Pero la provincia de Quebec no va a ser una excepción y se espera que en el próximo mes de junio todo Canadá tendrá una ley similar, por la que muchos enfermos podrán solicitar ayuda para terminar su vida. La medida la decidió el Tribunal Supremo, que juzgó inconstitucional el artículo del Código Penal que prohibía y penaba “el suicidio asistido y la eutanasia”.

La legalización de la eutanasia no es meramente un pasar página. El dictamen del Tribunal Supremo no se entiende sin más con la palabra ‘descriminalizar’ la eutanasia. Es preciso sopesar lo que supone que la eutanasia pase de ser un delito de homicidio a ser un derecho de morir con dignidad y con plena libertad. Supone, pues, un volteo cultural en que se destruye y aniquila la figura del homicidio para elevar un monumento a la ayuda médica a morir con dignidad. Es el anverso y el reverso de la eutanasia en la historia del Derecho.

Despenalización a plazo fijo
El Tribunal Supremo en febrero del año pasado concedió al Gobierno un plazo de un año para aplicar su dictamen sobre la despenalización del suicidio asistido y la eutanasia a la norma legislativa. Posteriormente extendió el plazo a cuatro meses más y por ello en el próximo mes de junio todo Canadá, y no solo Quebec, tendrá derecho a ser ayudado en el morir.

En el mes de diciembre pasado, se encargó a una comisión mixta de parlamentarios y senadores la preparación de un proyecto de ley. El ministro de Justicia, Jody Wilson-Raybould, opina que la ley tendrá que tener “el equilibrio necesario para reconocer la autonomía de las personas y la protección de las personas vulnerables”. Por el momento el informe que ha elaborado la comisión ad hoc presenta 21 recomendaciones y básicamente propone que la ley ha de referirse de entrada a los adultos responsables de 18 años o más y cuando se lleven al menos tres años de aplicación podrá referirse a los menores responsables y maduros. Por otra parte, se dice que la ayuda a morir será tanto a enfermos afectados de enfermedades terminales como a los no terminales si su enfermedad es grave e irreversible y tengan sufrimientos persistentes e intolerables. También se ayudará a los pacientes con trastornos psicológicos.

Desacralización de la vida
Con la decisión del Tribunal Supremo canadiense y con el contenido de este informe previo al proyecto de ley, se aprecia que el proceso secularizador sigue su curso en el capítulo de la desacralización de la vida humana que hasta ahora era considerada como un valor absoluto en la civilización cristiana e impregnaba nuestras culturas occidentales. El tabú, que persiste todavía en el trasfondo cultural, va desestructurándose paso a paso desde el año 2001 con la ley holandesa, que fue seguida años después por la de Bélgica, Luxemburgo, Quebec, por la legalización del suicidio asistido en varios Estados de EE UU y en Suiza.

Aunque, por el contrario, la supuesta nación laica por excelencia que era Francia no ha logrado dar el paso a la legalización de la disponibilidad de la vida. Sin embargo, Portugal e Italia están entrando recientemente en el debate público de estas cuestiones.

En España, algunos programas de partidos políticos abren el camino a la libre disponibilidad de la vida cuando esta en lugar de un valor acaba siendo un desvalor por circunstancias patológicas. Pero, todo está por ver, pues una cosa es la letra de los programas y otra los textos que alcanzan estar inscritos en las páginas del BOE. Estamos, pues, los españoles a la espera de una legislatura que no acaba de arrancar o que va a desaparecer.

Ahorro de disputas y conflictos
En Canadá no ha habido debate público sobre la vida y la muerte. Ha sido el Supremo el que ha dictaminado, ahorrando al país un debate político que siempre hubiera tenido sus tensiones y conflictos. Un paso bastante parecido se podía haber dado en España ya hace años, cuando Ramón Sampedro recurrió al amparo del Tribunal Constitucional (TC). Este refrendó el deseo ético y personalísimo del enfermo a morir, pero se evadió en contestar a la petición que le hacía Sampedro solicitando ayuda de otra persona y que esta no fuera penada. El TC no dio el paso parecido al que ha dado el Tribunal Supremo canadiense cuando Sampedro le servía en bandeja la ocasión y, además, los estudios de expertos juristas avalaban que el artículo del Código Penal que pena las conductas eutanásicas es inconstitucional al estar en contra de valores reconocidos en la Constitución.

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